Durante el año pasado el Ministerio de Consumo del Gobierno de España anunció que pretendía implementar la regulación de del Gobierno de España. Esto se haría en el marco de la Estrategia NAOS que se creó en 2005. El anunció señalaba que la medida se implantaría durante 2021.
Esta misma mañana, el Ministro Alberto Garzón ha comparecido junto a Ada Colau, en el Ayuntamiento de Barcelona, hablando, precisamente, de esta regulación y la implementación de la misma. En esta comparecencia ha señalado que el código PAOS es una herramienta insuficiente y, por tanto, nuestro país va a pasar a sustituir este código de autorregulación por una actividad regulatoria directa.
Será, por tanto, el Ministerio de Consumo quien regule esta publicidad dirigida al público infantil. Garzón ha señalado que lo harán siguiendo las recomendaciones de la OMS (Organización Mundial de Salud), de la misma manera que lo han hecho Reino Unido, Noruega o Portugal.
Cómo funcionará la nueva regulación de la publicidad de alimentos y bebidas dirigidas a menores
Esta regulación afectará a la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores de 16 años. En este caso, y a diferencia de lo que ocurría con el Código PAOS, está regulación no solo afectará a la publicidad en televisión, sino en todos los medios de comunicación, incluyendo redes sociales, Internet y diferentes foros.
‼ El Gobierno regulará la publicidad de alimentos perjudiciales para la salud de los menores para defender sus intereses frente a los de la industria alimentaria
— Secretaría General de Consumo y Juego (@consumogob) October 28, 2021
En España, 1 de cada 3 niños y niñas sufre sobrepeso u obesidad
📺 La publicidad es una de las causas de esta cifra pic.twitter.com/aiwDdHtWmi
Aunque no ha detallado los elementos de la regulación - el Ministro Garzón ha indicado que lo iremos sabiendo en las próximas semanas y meses -, sí que ha ofrecido algunas pinceladas. En este sentido, se ha referido a la aplicación de un horario de protección reforzada. Este horario establecerá en qué horarios no se va a poder publicar publicidad de alimentos o bebidas.
Por el momento, ha señalado que no podrá hacerse ni antes, ni durante ni después de programas destinados al público infantil o en canales dirigidos a este público. Esto afectará también a redes sociales, aplicaciones móviles o webs diseñadas específicamente para este público menores de 16 años.
Las salas de cine también se verán afectadas ya que, aquellas salas que emitan películas clasificadas para menores de 16 años no podrán emitir publicidad de alimentos o bebidas. De igual manera, no podrán hacerlo medios impresos dirigidos a este público o medios generalistas con secciones que apelan a los mejores de 16 años.
Qué alimentos están incluidos en esta regulación
El Ministro también ha señalado, siguiendo las indicaciones de la OMS, qué alimentos entrarían o se verían afectados por esta regulación:
- Productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres.
- Pasteles, galletas dulces y productos de pasteleria.
- Zumos y bebidas energéticas
- Helados
Además de estas categorías mencionadas, la regulación del resto de productos se hará dependiendo de los valores nutricionales de dichos productos. En cualquier caso, no se podrán anunciar bebidas, snacks o salsas con azúcares añadidos, o preparados con más de 225 kcal por cada 100 g. De modo que es posible que se aumente el tipo de regulación.
Por el momento, nos queda por saber cuándo se implantará definitivamente esta regulación y se empezará a poner en práctica.
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Imágenes |Gtres
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