El número de ciclistas ha aumentado exponencialmente en los últimos años, debiendo la normativa de circulación para ellos ajustarse a la demanda. La bicicleta es un vehículo, como lo es un coche, una moto o una furgoneta, y como tal, debe regirse a las normas de la Dirección General de Tráfico. Una de dichas normas es la que establece cuándo los ciclistas pueden ir en paralelo, y cuándo no.
¿Cuándo pueden circular los ciclistas en paralelo?
Una de las 20 normas que la Dirección General de Tráfico detalla que todo ciclista debe conocer es la de la circulación en paralelo. En una de sus comunicaciones más visitadas explica que:
Los ciclistas tienen permitido circular en filas de dos en carretera, orillándose todo lo posible a la derecha de la vía. En cambio, en tramos sin visibilidad (como curvas) y cuando formen aglomeraciones no podrán circular en paralelo y deberán colocarse en hilera.
Por lo tanto, sí está permitido circular en paralelo en filas de dos ciclistas, no más, siempre que haya visibilidad y ambos vayan pegados a la derecha de la vía, yendo al menos una de las filas por el arcén cuando sea practicable, ya que en algunos casos no es posible.
En una carretera con poca visibilidad, así como en zonas de curvas, el ciclista debe ir en hilera y en esos casos no puede circular en paralelo, ya que aumenta el riesgo de accidente. Tampoco podrán ir en paralelo en zonas en las que se produzcan embotellamientos o retenciones de tráfico. En caso de no hacerlo, se enfrenta a una multa de 200 euros por ciclista que incumpla la normativa.
¿Cómo circular cuando hay más de dos ciclistas?
Es muy común encontrarnos con grupos de ciclistas que salen a pedalear juntos. En esos casos, se sigue la misma norma anterior: pueden ir en paralelo en filas de dos personas, siempre que se orillen a la derecha y sean tramos con alta visibilidad. Lo que no está permitido es circular en grupos sin orden, como el ejemplo siguiente.
Imágenes | Nubia Navarro (Pexels)